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REFERENDO DEROGADOR 2022

  • Foto del escritor: Marcelo Cutillo
    Marcelo Cutillo
  • 7 abr 2022
  • 2 Min. de lectura

Con decretos del Presidente de la República del 04/06/2022, publicados en el Diario Oficial del 04/07/2022, la fecha de los referéndums derogatorios de conformidad con el art. 75 de la Constitución. Le recordamos que el VOTO es un DERECHO protegido por la Constitución italiana y que, según la Ley del 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en el censo electoral, pueden VOTAR POR CORREO . Por ello, se recomienda que verifique y regularice su situación personal y de domicilio en su consulado. ALTERNATIVA, ES POSIBLE, PARA LOS VOTANTES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y REGISTRADOS EN AIRE, ELEGIR VOTAR EN ITALIA EN SU PROPIO MUNICIPIO DE REGISTRO ELECTORAL, comunicando por escrito su elección ( OPCIÓN ) al Consulado de residencia antes del décimo día siguiente a la convocatoria de la votación . Los votantes que opten por votar en Italia en el próximo referéndum recibirán de sus respectivos municipios italianos la postal-aviso para votar en los colegios electorales de Italia. La elección (opción) de votar en Italia es válida solo para un referéndum. Se reitera que en todo caso la opción DEBE LLEGAR a la Oficina Consular de residencia NO MÁS DE DIEZ DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DE LA VOTACIÓN, O ANTES DEL DÍA 17/04/2022 . Esta comunicación podrá redactarse en papel común y -para ser válida- deberá contener el nombre, apellido, fecha, lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de copia del documento de identidad del declarante. La opción también se puede enviar a la dirección de correo electrónico buenosaires.uff-ele@esteri.it . Para esta comunicación, también puede utilizar el formulario específico que se puede descargar del sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional ( www.esteri.it ) o del de su oficina consular. Corresponderá a los electores comprobar, conforme a la legislación vigente, que la comunicación de opción enviada por correo ha sido recibida en tiempo en su oficina consular . La opción de votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA con una comunicación escrita que se enviará o entregará a la Oficina Consular de la misma manera y dentro de los mismos plazos previstos para el ejercicio de la opción . Si elige regresar a Italia para votar, la ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje incurridos, sino solo concesiones arancelarias dentro del territorio italiano. Únicamente los electores residentes en países donde no existen condiciones para el voto por correspondencia (Ley 459/2001, art. 20, párrafo 1-bis) tienen derecho a la devolución del 75 por ciento del importe del billete de viaje, en clase económica.



 
 
 

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