ITALIA: los hijos también el apellido de la madre, el punto de inflexión del Tribunal Constitucional
- Marcelo Cutillo
- 27 abr 2022
- 2 Min. de lectura
FUENTE: La Repubblica
ROMA - Décadas de espera. Pero hoy -gracias al Tribunal Constitucional presidido por Giuliano Amato- las mujeres italianas han conquistado un derecho histórico, hasta ahora negado por el artículo 262 del código civil, el de poder dar a sus hijos un nombre propio . Cae un tabú, que la Corte venía persiguiendo desde hace un año. El 14 de enero de 2021, la propia Corte, en su momento con el presidente Giancarlo Coraggio y Amato relator del caso: Caso nacido de un matrimonio lucano que inicialmente se acercó a los magistrados del juzgado de Lagonegro solicitando la posibilidad de atribuir solo el apellido materno al tercer hijo, el mismo que los dos hermanos nacidos cuando la pareja aún no estaba casada y que tenían el único apellido materno. apellido. Pero Lagonegro rechaza la solicitud y la decisión es impugnada ante el Tribunal de Apelación de Potenza que, el 12 de noviembre de 2021, envía la excepción de constitucionalidad al Consejo. La Consulta por su parte también tiene sobre la mesa el caso del matrimonio de Bolzano que quiso poner a su hijo, nacido fuera del matrimonio, el apellido materno porque, en alemán, sonaba mucho mejor que el del padre. Los jueces decidieron plantear la cuestión de constitucionalidad ante sí misma.en la norma del código civil. Lo que hasta ahora ha bloqueado la posibilidad de que una mujer le dé a su hijo su propio nombre. Al notificar la decisión, y en espera de la sentencia, el Tribunal explica que a partir de ahora “la regla pasa a ser que el hijo tome el apellido de ambos padres en el orden convenido por ellos, salvo que éstos decidan, de común acuerdo, atribuirle únicamente el apellido de uno de los dos. A falta de acuerdo sobre el orden de atribución del apellido de ambos padres, no se afecta la intervención del juez conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico”.

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