Decreto contra el aumento de precios, el texto en el Boletín Oficial. A la gasolina de descuento hoy
- Marcelo Cutillo
- 22 mar 2022
- 2 Min. de lectura
MILÁN - El nuevo decreto contra el aumento de precios lanzado por el gobierno el viernes por la noche llega al Diario Oficial , acompañado del decreto ministerial que reduce temporalmente los impuestos especiales sobre los combustibles. Entre las otras intervenciones vigentes a partir de hoy también se encuentra el impuesto a las utilidades extraordinarias de las empresas energéticas, equivalente al 10% solo para 2022 y que deberá pagarse el próximo junio. El gobierno también ha reforzado las medidas de acogida de refugiados, así como un mayor apoyo a las empresas en dificultades. El decreto también contiene el fortalecimiento del Poder Dorado en el sector de las telecomunicaciones.
Gasolina, descuento a partir de hoy.
Sin embargo, la medida más esperada es la rebaja del precio de la gasolina, se disparó hasta los 2,4 euros el litro en muchas partes de Italia. A partir de hoy, al día siguiente de su publicación, el descuento de 25 céntimos previsto por la disposición. En detalle, los impuestos especiales bajan a 623,24 euros por cada mil litros de gasolina, 532,24 por el gasóleo y 182,61 por cada mil kilogramos de GLP. La reducción de los impuestos especiales, y por tanto del precio del carburante, tendrá una duración de 30 días. Pero se espera que hasta el 31 de diciembre de este año se puedan volver a determinar las tasas de estos impuestos sin tener que recurrir a un decreto ley sino solo con una disposición ministerial. Luego se introducen reglas específicas para los depósitos de almacenamiento de productos y para evitar maniobras especulativas, con facultades para el Garante de Precios y el uso de la e Guardia di Finanza para controles.
A la salida del impuesto sobre beneficios de las empresas energéticas
Luego viene el impuesto del 10% sobre las ganancias extra de las empresas energéticas. Se aplicará solo para 2022, se pagará en junio y tendrá que ser pagado por todo el sector energético: por las empresas que producen, importan y venden productos derivados del petróleo, gas o electricidad. Solo se excluyen las empresas que gestionan plataformas de negociación. La “contribución solidaria extraordinaria” se calculará sobre el incremento del saldo entre operaciones a efectos del IVA entre el período 1 de octubre de 2021-30 de marzo de 2022 y el 1 de octubre de 2020 y el 31 de marzo de 2021. Una medida específica evita que la mayor carga de las empresas siendo trasladado a precios al consumidor.
FUENTE-la repubblica

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